
Sensibilización realizada el miércoles 1 de febrero de 2017, por el abogado de FENALCO - Andres Alberto Gonzalez .
REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO
Es el conjunto de normas que determinan las condiciones a que deben sujetarse el empleador y los trabajadores a sus relaciones de trabajo. Está obligado a tener un reglamento de trabajo todo empleador que ocupe más de 5 trabajadores de carácter permanente en empresas comerciales, o más de 10 en empresas industriales o más de 20 en empresas agrícolas, ganaderas o forestales.
Está obligado a tener un reglamento de trabajo todo empleador que ocupe más de 5 trabajadores de carácter permanente en empresas comerciales, o más de 10 en empresas industriales o más de 20 en empresas agrícolas, ganaderas o forestales. En empresas mixtas la obligación de tener un reglamento de trabajo existe cuando el empleador ocupa más de 10 trabajadores.
En empresas mixtas la obligación de tener un reglamento de trabajo existe cuando el empleador ocupa más de 10 trabajadores. El empleador publicará en cartelera de la empresa el reglamento interno de trabajo y en la misma fecha informará a los trabajadores mediante circular interna, del contenido de dicho reglamento, fecha desde la cual entrará en aplicación.